Estas últimas semanas han sido muy prolíficas en normas de toda índole. Nuestros legisladores parecen haberse puesto todos de acuerdo (quizá influya en algo el tema de los millones procedentes de Europa, quién sabe) pero en plena campaña de impuestos, cierre de año y apertura del siguiente, han venido de nuevo a asfixiarnos a los asesores labores y fiscales, con toda una sobredosis de legislación y, además, variadita.La idea de este boletín es, por un parte, daros unas pinceladas, pero con links en los que podréis acceder a información más ampliada, según os interese un asunto u otro. Pero por otra parte, solo vamos a dar información que tengamos contrastada. Por el momento, no se han pronunciado ni la inspección, ni tesorería, ni las mutuas, y apenas hay charlas o webinar previstas para la próxima semana, por lo que no vamos arriesgarnos en los temas que sean peliagudos, con el compromiso de informaros cuando existan criterios claros. De este modo, no os generamos expectativas y evitamos, en la medida de lo posible, cometer errores.
NOVEDADES SOBRE LOS ERTES. RD LEY 2/2021 de 26 de enero.
El decreto trata de muchas medidas, pero en este apartado solo vamos a tratar los ERTES. Ahora tenemos en vigor:
- Prórroga de ERTES por fuerza mayor basados en el artículo 22 del RD Ley 8/2020, para entendernos, los primeros que tramitamos por marzo-abril. Si estos ERTES no están renunciados, se pueden prorrogar hasta el 31 de mayo del 2021.
- También se prorrogan los ERTEs por limitación (reducción de actividad) y por impedimento (no poder realizar la actividad) hasta el 31-05-2020. Siguen vigentes con las condiciones y, en su caso, con las exoneraciones, en que se aprobaron.
- Se facilita el paso de un ERTE de impedimento a uno de limitación con una comunicación a la autoridad laboral, lo que simplifica los trámites.
- Se podrán solicitar a partir del 1 de febrero ERTES por impedimento o limitación basados en nuevas restricciones que se publiquen a partir de ahora.
- Los ERTES por fuerza mayor y ERTES ETOP tendrán exoneraciones pero solo para determinados sectores, así como la empresas dependientes de ellos siempre que justifiquen una vinculación del 50% de su facturación. Ver anexo.
- Las personas afectadas seguirán cobrando el 70% de la prestación.
Aquí puedes ampliar las información sobre ERTES.
NOVEDADES SOBRE LOS CATA (CESES DE ACTIVIDAD DE LOS AUTÓNOMOS). RD LEY 2/2021 de 26 de enero.
- Se crea una prestación de cese por suspensión pero por resoluciones adoptadas por la autoridad competente a partir del 1 de febrero. Es incompatible con: trabajo por cuenta ajena si supera determinados importes, o con ingresos de la sociedad o de otro trabajo por cuenta propia. También con el cobro de determinadas prestaciones. La prestación consiste en el 50% de la base de cotización mínima, que sube al 70% para familias numerosas, y baja al 40% por perceptor cuando tienen dos convivientes derecho al cobro. (Artículo 5).
- Por otra parte, se crea una prestación que sí es compatible con el trabajo pero exige una reducción de ingresos del 50% del primer semestre del 2020 con respecto al mismo periodo del 2021 y que además los rendimientos netos del primer semestre sean inferiores al 7980 €. La prestación es del 70% sin más ingresos, o del 50% si se compatibiliza con trabajo. (Artículo 7)
- Por ultimo, se crea una prestación para autónomos sin carencia, pero de alta el 1 de abril, que no vayan a tener rendimientos superiores a 6.650 € el primer semestre del 2021 y puedan acreditar que sus ingresos serán inferiores a los del primer semestre del año anterior. (Artículo 6).
- Todas tienen plazo de solicitud hasta el 21 de febrero.
¿Qué pasa con las suspensiones impuestas antes del 1 de febrero? Pues entendemos que se deberían tramitarse conforme al Decreto anterior que estaba vigente (ver boletín 30-2020: Nueva Regulación de los CATA en el RD Ley 30/2020) porque nos confirman desde las mutuas que son los únicos CATAS que no están derogados.
Para ampliar la información nos remitimos a este cuadro-esquema que ha elaborado UMIVALE que es un excelente explicación de los ceses regulados por el Real Decreto.
MODIFICACIONES EN LAS MEDIDAS RESTRICTIVAS A NIVEL AUTONÓMICO (GVA)
Antes de las fiestas de navidad, ya nos dimos cuenta que las cifras de los contagios, ingresos y ocupación de UCIS, no solo no mejoraban, sino que iban empeorado de forma considerable. Muchas medidas adoptadas por Sanidad afectan al ámbito empresarial y son a las que dedicamos los boletines, pero otras afectan al ámbito social donde las restricciones también han sido cada vez mayores.
Os hemos ido informando tanto con boletines como por las redes sociales, de los cambios más significativos y dando traslado de las infografías que se hacen desde la Generalitat, que realmente contienen información clara y sencilla.
- Destacamos el uso de mascarilla para hacer deporte, incluso al aire libre, playas o zonas verdes
- Se mantiene la limitación de las reuniones en casa al núcleo de convivencia, en la calle a dos personas, y el confinamiento perimetral durante los fines de semana de ciudades de más de 50.000 habitantes.
- Estas y la anteriores estarán en vigor hasta el 15 de febrero.
Nos remitimos a la infografía de la GVA sobre las prórroga de las medidas y al comunicado del Gabinete de Comunicación donde vienen muy bien expuestas.
VORÁGINE DE AYUDAS (CON Y SIN CONVOCATORIA) A NIVEL AUTONÓMICO (GVA)
En este apartado hay muchas dudas. Se han hecho muchos anuncios pero hay pocas convocatorias abiertas y publicadas.
CONVOCADAS:
- Las ayudas de fomento para la Economía Social que salen anualmente. Se basan en cuatro líneas: para incorporación de socios, para gastos de constitución, por asistencia técnica y para inversiones.
- AVALEM EXPERIENCIA: Solo se ha publicado de momento el ECOVUL que es para la contratación indefinida de colectivos vulnerables, y otras ayudas de la misma línea pero para corporaciones locales, no para empresas. ESTAMOS MUY PENDIENTES DE LAS AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN DE CONTRATOS Y DEL PROGRAMA DEL AVALEM JOVES.
- Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo General del IVF que modifica la línea de financiación bonificada IVF- Liquidez Covid -19.
PENDIENTES DE DESARROLLO:
- Decreto Ley 1/2021 de 22 de enero que aprueba el Plan Resistir. En realidad, este plan está dirigido a los ayuntamientos para que sean ellos los que gestionen la ayuda y establezcan los criterios para la concesión, que en principio será vía justificación de gastos.
- Decreto Ley 2/2021 de 29 de enero, que pretende dar ayudas directas para tres supuestos: autónomos y trabajadores de determinados CNAE; autónomos afectados por la pandemia que hayan sido perceptores de prestaciones extraordinarias y ayudas directas a personas en ERTE. Pendiente de desarrollo.
Es posible que exista alguna más, pero por el momento estas son las que estamos manejando en el despacho. Si tenéis interés en que os las gestionemos o investiguemos otras líneas poneos en contacto conmigo por correo: laboral@akcion.es
NOVEDADES QUE AFECTAN AL AMBITO LABORAL DE LA LEY GENERAL DE PRESUPUESTOS
Como suele ser habitual, el gobierno aprovecha la herramienta de la Ley General de Presupuestos para introducir cambios y modificaciones en materias que, probablemente, deberían ser modificadas de otra manera. En materia laboral, destacamos como novedades importantes:
- Se mantiene la base máxima de cotización en 4.070,10 euros mensuales.
- Sube el tipo de cotización para los autónomos. Nos mantienen las bases pero ahora pagaremos un 30.6% sobre la base de cotización pues sí se incrementa el tipo de cese de actividad y las contingencias profesionales.
- Se establece en un 3% el interés legal del dinero y en el 3,75 el interés de demora.
- El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) se fija en 18.83 euros diarios y el anual en 6.778,80 euros.
- Se crea un nuevo tipo de contrato: el contrato para la formación dual universitaria.
- Se introducen modificaciones en el FOGASA.
- Se prevé una bonificación del 50% de la aportación empresarial por contingencias comunes en los casos de cambio de puesto por riesgo durante el embarazo o lactancia.
- No se ha querido entrar en la subida del SMI, dejándolo «pendiente»
- Ha quedado aplazada para este año la entrada en vigor del trabajo autónomo a tiempo parcial.
El boletín ha resultado más largo de lo que nos hubiera gustado, pero han sido muchas las cuestiones que teníamos que comentar.
Por ultimo nos despedimos con una viñeta, pero que no es broma. El RD Ley habilita a la inspección de trabajo para actuar en función del cruce de datos que pueda obtener de la TGSS. (Cortesía de M Jose F.S compañera del Foro Ertes)