Novedad: medidas relativas a los establecimientos y actividades de ocio y entretenimiento. Normas de apertura progresiva: del 8 al 30 de Junio – GVA.

11-2021: Seguimos con las medidas de apertura progresiva. Del 8 al 30 de junio. No hay toque de queda. Apertura a los pubs y establecimientos "de copas".

(RESOLUCIÓN de 3 de junio, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública)  

En cuanto a las novedades de tipo «social», destacar que se elimina el toque de queda y el límite de personas para las reuniones. 
 El aumento de población vacunada y los buenos indicadores de la Comunidad Valenciana nos pueden llevar a una cierta relajación y sensación de inmunidad, pero debemos seguir SIENDO PRUDENTES y respetar las distancias de seguridad y demás normas, en especial, el uso de la mascarilla, hasta que las autoridades sanitarias nos aconsejen lo contrario.
En relación a los sectores empresariales, prácticamente seguimos con el mismo tipo de medias, siendo la principal novedad la apertura de los locales de ocio y entretenimiento en los que nos vamos a detener.

NOVEDAD PRINCIPAL: MEDIDAS RELATIVAS A LOS ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES DE OCIO Y ENTRETENIMIENTO

Es la novedad más destacable de la resolución. Se permite la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber cafés, cafés teatro, cafés concierto, y cafés cantante de acuerdo con las siguientes medidas:

  • El consumo de alimentos y bebidas, tanto en interior como en exterior, se hará sentado en mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad de un mínimo de 1,5 metros ente las sillas de diferentes mesas.
  • El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.
  • No se podrá superar el 50% de aforo máximo en el interior del local.
  • Las terrazas al aire libre de estos establecimientos podrán ocupar la totalidad de las mesas permitidas siempre asegurando la distancia de seguridad de un mínimo de 1,5 metros entre mesas.
  • La ocupación de las mesas será de un máximo de 6 personas por mesa en interior y de 10 personas por mesa en exterior.
  • El horario de cierre será el que autorice la licencia de actividad del establecimiento y, en todo cado caso, deberán estar cerrados a las 2.00 horas.
  • Se deberán respetar todas las medidas generales y adicionales de higiene.
  • No se permite el baile ni interiores ni exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto, estando permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jockey, asegurando ventilación suficiente, y una distancia de seguridad de al menos 2 metros entre músicos y público en el caso de cantantes e instrumentos de viento
  • No se permite fumar, ni el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.

RESTO DE SECTORES: SIN CAMBIOS RESPECTO A LA RESOLUCIÓN DE 8 DE MAYO DE 2021

La regulación del anterior boletín se mantiene prácticamente igual con respecto a los sectores que tratamos boletín 8, y vamos a reseñar solo los pequeños matices que se dan en la resolución actual: 

  • MEDIDAS RELATIVAS A HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN. NOVEDAD: hora de cierre: 01:00. Hora fin de comandas: 00:30 horas.
  • CINES, CINES DE VERANO, AUTOCINES, TEATROS, ANFITEATROS, AUDITORIOS, SALAS MULTIFUNCIONALES, SALAS DE ARTES ESCÉNICAS Y CIRCO
  • ESTABLECIMIENTOS Y COMERCIALES Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
  • ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES DE OCIO NOCTURNO. Además de la novedad indicada, si también disponen de licencia para la actividad de hostelería, se aplicarían las medidas de la resolución de 8 de mayo con las novedades del punto primero.
  • HOTELES, ALBERGUES TURÍSTICOS, CASAS RURALES Y OTROS ALOJAMIENTOS
  • ACADEMIAS, AUTOESCUELAS Y OTROS CENTROS DE FORMACIÓN NO REGLADA.  
  • MEDIDAS RELATIVAS A LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. NOVEDAD: se amplia en 5 personas la práctica deportivas: espacios cerrados 15 personas. Espacios abiertos: 25 personas. 

Resumen medidas GVA del 8 al 30 de junio: Medidas de apertura progresiva 

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, para el periodo entre el 8 de junio de 2021 y el 30 de junio de 2021. [2021/6368]

Boletín 08-2021: Fin del Estado de Alarma … y ahora ¿qué?. Medidas a aplicar a partir del 9 de mayo

 

Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn

© 2019 Akcion Coop.V.