RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se modifica la Resolución de 5 de diciembre de 2020, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerda nuevas medidas adicionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
El pasado 9 de diciembre os comentábamos en nuestro boletín las medidas adoptadas por la Consellera de Sanidad de cara las fiestas navideñas, publicadas en la resolución de 5 diciembre del 2020.
Este sábado, se ha publicado la resolución 18-2020 y tal como indica en la exposición de motivos «la situación de estas dos últimas semanas, al contrario de mejorar, ha sufrido un retroceso importante en la Comunitat Valenciana, con un incremento notable de casos por el SARS-CoV-2 y un nivel de transmisión significativo, especialmente en el ámbito social donde se evidencia el predominio de los brotes epidémicos, indicativo de que las actividades sociales son el principal origen de los contagios en nuestra Comunidad. Ello motiva y hace necesario modificar alguna de las medidas dictadas con el fin de prevenir la propagación del virus y proteger la salud de las personas, medidas exigibles y legitimadas por la defensa de la salud pública»
Por tanto, las NORMAS ESPECÍFICAS PARA NOCHEBUENA Y NOCHEVIEJA relativas a los establecimientos de restauración y hostelería quedan modificadas como a continuación indicamos:
- La hora de cierre de los días 24 y 31 de diciembre será a las 24:00 horas. (Queda anulado el cierre a la 01:00)
- La ocupación de mesas o grupo de mesas podrá ser de hasta 6 personas. (Queda anulado que la ocupación pueden ser hasta 10 personas)
Os recordamos las medidas que ya estaban en vigor y siguen hasta el 15 de enero para este sector:
En los establecimientos de restauración y hostelería el aforo permitido en el interior del local será del 30% con estricto cumplimiento de las normas de ventilación y climatización en espacios interiores. Además se deberán respetar las siguientes reglas:
- Máximo por mesa o agrupación de mesas: 6 personas
- Distancia entre mesas en el interior: 2 metros.
- El consumo será siempre sentado en mesa.
- El uso de mascarilla será obligatorio cuando no se esté consumiendo.
- El aforo máximo permitido debe estar visible en la entrada.
- El horario de cierre será a las 23:00 horas.
En las terrazas al aire libre el aforo será del 50%. La distancia entre mesas en terraza será de 1,5 metros.
Está prohibido:
- El uso de la barra.
- Los servicios self service o buffet.
- Fumar en las cafeterías ni en las terrazas de los bares cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de 2 metros.
- Los juegos de azar en bares o similares.
Se respetará lo dispuesto en el Acuerdo de 19 de junio del Consell, sobre medidas de prevención frente a la COVID – 19, en su artículo 2.1 (medidas de higiene comunes a todas las actividades) 2.2 (medidas adicionales de higiene en los establecimientos y locales con apertura al público) y 2.4 (medidas adicionales de higiene y prevención en los establecimientos de hostelería y restauración).
Os adjuntamos un resumen muy bien explicado del resto de medidas vigentes publicado por GVA que contiene además medidas sociales y deportivas: EXTRACTO GVA MEDIDAS VIGENTES HASTA EL 15 DE ENERO
Normativa citada: