FASE 2: ORDEN SND 414/2020

24-2020 Medidas higiénicas, sanitarias y de prevención con respecto a trabajadores y clientes en la FASE 2.

No podemos dejar de hacer una valoración profesional: en cuanto a técnica legislativa, resultan bastante incómodas las órdenes de la «desescalada» reiterando muchas de las reglas de higiene, limpieza y desinfección para trabajadores y en clientes, con apenas, cambios relevantes de una fase a a otra, que se hubieran podido estructurar mejor, facititando su aplicación y entendimiento.
Vamos a intentar recopilar, en primer lugar, los requisitos generales y pasaremos después a destacar las especialidades para determinados sectores o actividades muy concretos.

REGLAS GENERALES FASE 2 RESPECTO A TRABAJADORES Y CLIENTES:
Se mantienen prácticamente las mismas reglas generales que para la FASE 1 y, de igual modo, las medidas de higiene y limpieza específicas respecto a los trabajadores y clientes que se comentaron para la FASE CERO.

  • En primer lugar, se ha de atender a la normativa de prevención de riesgos y a las medidas que nos indiquen desde estos servicios.
  • Los titulares del negocio o los directores de los centros educativos deberán asegurar las medidas de limpieza y desinfección adecuadas: todos los trabajadores tendrán a su disposición agua y jabón o geles hidroalcohólicos autorizados y mantener los dos metros de distancia de protección o bien, si esto no es posible, garantizar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.  
  • El titular de la actividad económica o el director de centro o entidad será el resaponsable de organizar los puestos de trabajo, los turnos y resto de condiciones de trabajo adecuándolos para mantener la distancia mínima de seguridad. 
  • Medidas para prevenir la concurrencia masiva de personas: ante la expectativa razonable de que no se vayan a respetar las distancias de seguridad en determinadas franjas horarias, se deberán realizar ajustes en la organización horaria, atendiendo a las instrucciones de las autoridades competentes y a la normativa laboral y convencional. 
  • Control de jornada de los trabajadores: el fichaje con huella dactilar deberá ser susituido por otro sistema.
  • Se utilizarán desinfectantes (diluciones de lejía 1:50 recién preparada o desinfectantes autorizados) y, tras cada limpieza, se desecharán los materiales empleados y equipos de protección de forma segura.
  • Limpieza y desinfección de zonas comunes, taquillas, cocinas y áreas de descanso.
  • Limpieza y desinfección de los aseos de uso por clientes o usuarios.
  • Fomento del pago con tarjeta. Limpieza y desinfección del datafono y el TPV tras cada uso si se comparte por varios trabajadores.
  • Disponibilidad de papeleras con tapa y pedal para el material desechable. Limpiadas frecuentemente y al menos una vez al día.
  • Limpieza tras cada uso de puestos de trabajo compartidos por más de un trabajador y en cada cambio de turno.
  • Ventilación periódica de las instalaciones.
  • Permancia de los clientes en las instalaciones por el tiempo estrictamente necesario.
  • Lavado de uniformes y ropa de trabajo de la forma habitual.
  • Limpieza y desinfección de los locales abiertos al público al menos dos veces al día.
  • Uso limitado de los ascensores y montacargas y si no es posible la distancia de 2 metros, serán ocupados por una persona cada vez. 
  • La distancias entre proveedor o cliente y vendedor serán de al menos un metro cuando se cuente con protección o barrera; si no las hay, será de dos metros.
  • En los negocios en los que por la prestación del servicio no es posible mantener la distancia mínima de seguridad (peluquerías, centros de estética, fisioterapeutas, etc.) se deberá facilitar equipos de protección adecuada al riesgo para los trabajadores y, en todo caso, mantener entre clientes la distancia de 2 metros.
  • En casos de venta automática, máquinas de vending, lavaderías, autoservicios, etc. el titlular será el que deberá garantizar la aplicación de las medidas de higiene que se le puedan aplicar en virtud de sus características. 
  • Los establecimientos, locales y mercadillos deberán señalar de forma clara la distancia mínima de seguridad, bien el suelo,o mediante balizas, cartelería y/o señalización. 
  • También deberá haber geles hidroalcohólicos o desinfectantes adeacuados a disposición de los clientes en la entrada del local. 
  • Los probadores solo podrán usarse por una persona, y se procederá a higienizar la ropa probada antes de que la pruebe otro cliente. De igual modo se procederá con las devoluciones. 
  • No podrá haber a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la venta (cosméticos, perfumería, etc) y, en el caso de telefonía o productos tecnológicos, no se podrán probar sin la presencia de un vendedor, prodediéndose a la desinfección tras la manipulación del cliente. 
  • Exponer al público el aforo máximo permitido por el local así como la distancia de seguridad entre clientes y disponer de sistemas de recuento del aforo. 
  • Organizar la circulación de las personas dentro del local y reorganizar los espacios para que puedan respetarse las distancias de seguridad. Si hay dos puertas, disinguir una para entrada y otra para salida
  • Si hay parking, evitar los lectores que impliquen contacto manual y, si es posible, que sea el personal de seguridad el que ejerza el control de llegada y salida, así como el del aforo.
  • Evitar que las puertas entre tienda o vestuarios del personal y parking tenga que ser manipuladas manualmente, permaneciendo abiertas si fuera necesario.
  • Todas estas reglas generales son sin perjuicio de las específicas que pueda haber en cada sector. 

CONDICIONES PARA REAPERATURA AL PÚBLICO DE ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIALES MINORISTAS QUE NO TENGAN LA CONDICIÓN DE CENTROS Y PARQUES COMERCIALES.
En fase dos, para los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales ya no existe limitación de metros de los locales que pueden abrir, si bien deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Se debe reducir al 40% el aforo. Si hay más de una planta, la reducción será por cada planta.
  • Garantizar la distancia mínima de 2 metros entre clientes. Si no es posible garantizar esta distancia, únicamente se permitirá la presencia de un cliente en cada momento.
  • Esablecer un horario de atención preferente para mayores de 65 años.
  • Reducción de los puestos de mercadillos a un tercio de los habituales, debiendo asegurar la distancia de dos metros entre clientes. Los ayuntamientos podrán habilitar más superficie o nuevos días, y darán preferencia a los puestos que comercialicen productos alimenticios y de primera necesidad, asegurando que no sean manipulados por los clientes.
  • Cumplir con todas las medidas específicas de higiene establecidas en la orden, que básiamente hemos recogido en el apartado general. 

PREGUNTAS FRECUENTES COMERCIO GVA (Actualizado a 1 de junio).

CONDICIONES PARA REAPERATURA DE CENTROS Y PARQUES COMERCIALES.

  • Se limitará el aforo determinado por sus planes de Autoprotección al 30% en las zonas comunes.
  • Se limitará el aforo de los locales comerciales al 40%.
  • No se permitirá la presencia de clientes en las zonas comunes, salvo para el tránsito entre locales. Se exceptúa la hostelería que se desarrolle en esas zonas comunes a quienes se le aplicarán las normas del siguiente apartado.
  • Permanecerán cerradas ludotecas, áreas de descanso y zonas infantiles 
  • El uso de aseos familiares y zonas de lactancia ser restringuirá a una única familia y se deberá proceder a su limpieza tras cada uso.
  • El personal de seguridad será el responsable de vigilar el cumplimiento de las distancias mínimas y evitará los grupos y/o aglomeraciones.
  • Se pondrá a disposición del cliente gel hidroalcohólico en los parkings.

CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

  • Se habilita el consumo en el interior del local (salvo discotecas y bares de ocio) al 40% del aforo.
  • En el interior solo se podrá permanecer sentado y no está permitido el autoservicio en barra por parte del cliente. 
  • Se permite el encargo para llevar.
  • Si se ofrecen productos de libre servicio será con pantalla de protección y mediante emplatados individuales o monodosis preservadas del contacto con el ambiente. 
  • Se mantiene todo lo regulado para la fase uno en relación a las terrazas así como las medidas de desinfección e higiene comentadas para hostelería. 

RENUDACIÓN DE ACTIVIDADES EN HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN 

OTROS ASPECTOS Y SECTORES

La norma trata otros aspectos y sectores como son: libertad de circulación, lugares de culto, medidas de flexibilización en el ámbito de la cultura (museos, bibliotecas, etc.) hoteles y alojamientos turísticos, residencias para investigadores, actividades deportivas (para federados, no federados, liga profesional, piscinas de uso deportivo, etc.), turismo activo, conferencias, etc. Si necesitais información de algún aspecto o sector en concreto, no dudéis en consultarnos.

Compartimos el díptico de la GVA ¿QUÉ SE PUEDE HACER EN FASE 2?

FUENTE: Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, publicada en el BOE 16 de mayo de 2020.

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