(RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública)
Parece que el COVID nos va dando un respiro y ya las anteriores medidas del 28 de septiembre al 8 de octubre supusieron un pasito más, pasando a denominarse «medidas de apertura segura» de las que se ha de destacar la apertura del ocio nocturno hasta las 05:00 horas, con posibilidad de baile y karaoke, pero con mascarilla.
No obstante, el virus no ha sido erradicado. Y «winter is coming», por lo que no debemos caer en una falsa euforia y, pese a que los indicadores son muy buenos, debemos mantener ciertos niveles de alerta para evitar una nueva oleada y poder dar por finalizada esta historia de forma definitiva en los próximos meses.
Vamos a presentar un breve resumen de las medidas que tenemos vigentes a partir del 9 de octubre, y esta vez sí, sin fecha de fin hasta nueva resolución.
MEDIDAS Y OBLIGACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES EN GENERAL
Se establecen una serie de medidas comunes a TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS, LOCALES DE NECOGIO, INSTALACIONES, ESPACIOS DE USO PÚBLICO Y ACTIVIDADES DE CARÁCTER PÚBLICO, a saber:
- Los establecimientos y locales abiertos al público deben exponer de forma clara y visible el AFORO (que incluye el personal trabajador).
- Tener a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos en lugares accesibles y visibles, en especial, en zonas de entrada y salida.
- Organizar la circulación de personas y distribución de espacios que respeten la distancia intrapersonal. Se deben evitar aglomeraciones y, siempre que se pueda, establecer itinerarios diferenciados de entrada y salida, subida y bajada.
- Uso obligatorio de mascarillas en montacargas y ascensores.
- Especial cuidado en la limpieza y desinfección de las áreas de uso común y en las superficies de mayor contacto como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas y otros elementos similares.
- Ventilar mucho, a ser posible de forma manual, y si no, mecánica, para que pueda renovarse el aire en las dependencias interiores.
- Preferencia del pago con tarjeta u otros medios que eviten o limiten el contacto físico.
Además de lo anterior, como hacemos habitualmente, resumimos los sectores de mayor interés para nuestros clientes.
MEDIDAS RELATIVAS A CELEBRACIONES, EVENTOS O CONCENTRACIONES DE PERSONAS
- Aforo 100% si es sentado y sin consumición de comida y/o bebida.
- Si el evento es de pie: distancia de 2.25 metros entre personas.
- Se permite el baile con uso de mascarilla, sin posibilidad de consumir y manteniendo la distancia.
- Fijación de turnos/ horarios para entrada y salida escalonada al evento.
- Si se señalizan las entradas y salidas, no olvidéis las normas de evacuación.
- Prioridad de la venta de entradas on line.
- La Conselleria elaborará un protocolo para eventos y festivales musicales. (Estaremos atentos).
- Si se consume: dejar un asiento de distancia en la fila entre personas o grupos de no convivientes.
- Obligatorio tomar medidas para evitar aglomeraciones en los alrededores para la entrada salida del evento.
MEDIDAS RELATIVAS A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
- Ocupación 10 personas por mesas o agrupaciones de mesa, salvo convivientes, o núcleos de familias numerosas. tanto en interior como en exterior.
- Distancia entre mesas de 1,5 metros.
- Consumo sentado, aunque se permite en barra siempre que se mantenga distancia de seguridad.
- Se permite el baile, pero con mascarilla, sin poder comer ni beber en ese momento y con distancia de seguridad.
- Uso de la mascarilla cuando no se consuma
- Horario de cierre el de la normativa general reguladora general.
- Sigue prohibido:
- Fumar
- El uso de cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados, incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.
- Las celebraciones posteriores a cualquier ceremonia o evento que impliquen servicio de hostelería o restauración se ajustarán a lo regulado en este apartado.
- En los servicios que impliquen cóctel y catering en espacios al aire libre, las personas podrán consumir de pie, alrededor de una mesa, usando la mascarilla cuando no consuman.
Seguimos cuidándonos y ojalá tengamos un otoño/inverno más flexible que el pasado año.
Queremos recordaros que sigue vigente el régimen inspector y sancionador del decreto Ley 11/2020 de 24 de julio específico contra los incumplimientos de las disposiciones COVID.
Os adjuntamos el enlace al dossier resumen de GVA y a la resolución publicada.