MEDIDAS COVID GVA: APERTURA PROGRESIVA DEL 7 AL 27 DE SEPTIEMBRE

16-2021: COVID - GVA: MEDIDAS DE APERTURA PROGRESIVA DEL 7 AL 27 DE SEPTIEMBRE. Principales novedades: desaparece el toque de queda y reabre el ocio nocturno.
(RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública)

 Denominadas por Conselleria MEDIDAS DE APERTURA PROGRESIVA (al parecer, por no repetir la palabra «desescalada») se establece un plan, por parte de la Generalitat, para ir recuperando la normalidad.

Uno de los argumentos utilizados, entre otros, para mantener todavía algunas restricciones es el de dar tiempo para alcanzar un umbral de vacunación que permita proteger a la población y asegurar un nivel de inmunidad que limite la proliferación de contagios. 

No obstante, se esgrimen razones en la exposición de motivos para continuar con determinadas restricciones todavía. Por ejemplo, destacamos que siguen vigentes las medidas de distancia interpersonal de 1.5 metros o que en ascensores y montacargas la ocupación máxima será de un tercio (excepto convivientes). 

MEDIDAS RELATIVAS A LA CIRCULACIÓN DE PERSONAS Y REUNIÓN DE PERSONAS 

En cuanto a las medidas de tipo social, como ya todos sabéis, se ha suprimido el toque de queda (la limitación en el horario para la circulación de personas) así como la limitación del número de personas tanto en espacios de uso público como las reuniones familiares y sociales o en espacios privados y domicilios.

MEDIDAS ESPECÍFICAS POR SECTORES

Como hacemos habitualmente, resumimos los sectores de mayor interés para nuestros clientes, indicando si hay cambios y cuáles son:

  • MEDIDAS RELATIVAS A HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN. Pedidos hasta las 0:00 y cierre hasta las 00:30 (Sin cambios) 
  • CELEBRACIONES, EVENTOS O COCENTRACIONES DE PERSONAS. Limite horario: hasta las 00:30 horas. Cambia el número de personas máximas y aforos. Interiores 50% máximo 1500 asistentes. Dos sectores diferenciados de 1000 asistentes en cada uno de ellos. Aforo al aire libre: se mantiene como estaba. Los mismos nuevos topes se aplicarán en caso de actividades extraordinarias o espectáculos con licencia distinta a la establecida en la normativa de espectáculos. Aforo en exteriores: 75% con un máximo de 3000 personas y con hasta 5 sectores diferenciados de 1000 personas, con entras y salidas y aseos. El consumo de alimentos y bebidas se hará en la zona que expresamente se habilite para ello. Butacas o asientos preasignados, dejando libre la primera fila.
  • Entrada escalonada y señalización del sentido de la circulación.
  • No es posible fumar, ni cigarrillos electrónicos, ni cacimbas, ni vapeo.
  • CINES, CINES DE VERANO, AUTOCINES, TEATROS, ANFITEATROS, AUDITORIOS, SALAS MULTIFUNCIONALES, SALAS DE ARTES ESCÉNICAS Y CIRCO. (Sin cambios).
  • ESTABLECIMIENTOS Y COMERCIALES Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS. (Sin cambios). 
  • HOTELES, ALBERGUES TURÍSTICOS, CASAS RURALES Y OTROS ALOJAMIENTOS. (Sin cambios). 
  • ACADEMIAS, AUTOESCUELAS Y OTROS CENTROS DE FORMACIÓN NO REGLADA. (Sin cambios). 
  • MEDIDAS RELATIVAS A LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS. (Sin cambios).

NOVEDAD: MEDIDAS EN ESTABLECIMIENTOS Y ACTIVIDADES DE OCIO NOCTURNO.

Principal novedad de la resolución: se permite la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber cafés, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante, en los siguientes términos:

  • El consumo se hará sentado y con distancia de 1,5 metros entre mesas. 
  • Se permite el uso de la barra solo para retirar las consumiciones,
  • Aforo máximo 50% en el interior. En el exterior, uso del 100% siempre que exista metro y medio entre mesas.
  • Aforo máximo expuesto, visible.
  • Ocupación de mesas: 8 personas por mesa en interior y 10 en exterior.
  • Horario de cierre: el que autorice la licencia de actividad y, en todo caso, las 3:00 horas, dejando de servir consumiciones a las 2:30.
  • Se deben respetar todas las medidas generales y adicionales de higiene.
  • No se permite el baile ni en interiores ni en exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto.
  • Sí están permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y DJ, asegurando ventilación suficiente y una distancia de seguridad de al menos 2 metros entre músicos y público en el caso de cantantes e instrumentos de viento.
  • No se puede fumar, ni usar cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, o asimilados incluidos cigarrilos electrónicos o vapeo tanto en espacios al aire libre como cerrados.
Seguimos cuidándonos y confiando en que la situación se normalice en las próximas semanas. 
 
Medidas de apertura progresiva: del 7 al 27 de septiembre.

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, para el periodo comprendido entre el 7 y el 27 de septiembre de 2021. [2021/9020]
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